Trabajo infantil, cumplimiento legal y riesgos críticos ante la STPS
El trabajo infantil constituye uno de los temas más sensibles y de mayor rigor en materia de inspección laboral en México. La Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 22, 23 y 175, establece la prohibición del trabajo de menores de 15 años, así como restricciones estrictas para adolescentes trabajadores.
Desde la perspectiva de la STPS, este tema es considerado de alto riesgo, por lo que su detección puede derivar en sanciones severas, incluyendo multas elevadas e incluso la clausura del centro de trabajo.
Las empresas tienen la obligación de implementar controles claros para evitar la contratación indebida de menores, lo que implica:
En el caso de adolescentes de entre 15 y 17 años, la ley permite su contratación bajo condiciones específicas:
- Verificación documental de la edad (acta de nacimiento, identificación oficial)
- Registro adecuado del personal
- Control de acceso a áreas de trabajo
- Jornadas laborales limitadas
- Prohibición de actividades peligrosas o insalubres
- Autorización de padres o tutores
Durante una inspección, la STPS puede realizar entrevistas, revisar expedientes laborales y verificar físicamente las condiciones de trabajo.
Un escenario crítico ocurre cuando un menor es detectado realizando actividades consideradas peligrosas (por ejemplo, manejo de maquinaria, sustancias químicas o trabajos en altura). En estos casos, la autoridad puede imponer sanciones ejemplares.
Además del impacto legal, el incumplimiento en esta materia tiene un fuerte componente reputacional, afectando la imagen de la empresa ante clientes, autoridades y sociedad.
La prevención del trabajo infantil debe abordarse desde un enfoque integral: controles de contratación, supervisión operativa y cultura organizacional.

